Entradas

Capital Adicional de Accidentes en el Seguro de Decesos

Nos vamos a centrar hoy en la cobertura de seguro de accidentes que muchas pólizas de seguro de decesos incluye como cobertura opcional. Pero en vez de hablar de sus virtudes, definiremos la cobertura y veremos con especial interés lo que no cubren este tipo de seguros adicionales. Capital Adicional de Accidentes Cuando se incluya esta Garantía Complementaria en las Condiciones Particulares de la Póliza, el Asegurador abonará al Beneficiario del Asegurado un capital adicional, siempre que el accidente y el fallecimiento sobrevengan estando la Póliza en vigor. A efectos de Póliza se entiende por accidente toda lesión corporal derivada de una causa fortuita, momentánea, violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado. No se consideran accidentes cubiertos por la Póliza: ■ Los provocados intencionadamente por el Asegurado o dolosamente por el beneficiario, en este casouedara nula la designación hecha a su favor y la indemnización quedara a favor del Tomador o en su ca...

Proyecto de Ley de Servicios Funerarios, cambios a la vista

De momento es sólo un Proyecto de Ley, leemos en El Pais: Trabas. La nueva ley elimina requisitos “innecesarios” para el acceso de las funerarias a la actividad. No se pedirá un número mínimo de vehículos, de personal o tener salas de velatorio. Permisos. La autorización de acceso a la actividad —que implica decenas de tasas y trámites para las compañías— se sustituye por una “declaración responsable”, un documento en el que se acuerda cumplir los requisitos exigidos por la ley. Estatal. Esa declaración autoriza a la empresa a operar en toda España. Eso elimina la exigencia de que el traslado del cadáver lo haga una compañía autorizada en el municipio donde se ha producido el fallecimiento o donde vaya a ser enterrado. Información. La nueva ley fija que las funerarias deberán entregar a la familia un presupuesto “gratuito y vinculante”. Esto incluye a las aseguradoras, que tendrán que ofrecer a los interesados un catálogo de funerarias para elegir, en lugar de solo aquella con la que t...

Seguros de Decesos de Patria Hispana con regalo

El Seguro de Decesos de Patria Hispana Seguros es el seguro de decesos que más da que hablar por su ajustado precio y por ser un seguro muy concreto, sin seguros añadidos de más, lo hemos tratado aquí y hemos leído ya en otras webs y blogs de seguros. Ahora en exclusiva sólo en la web indicada, si se contrata un seguro de decesos con Patria Hispana con fecha de inicio igual o anterior a 1 de septiembre de 2011 se obtendrá un obsequio totalmente gratis, un tensiómetro digital de muñeca valorado en más de 35 euros. Si sumamos al ahorro y calidad que ofrece Patria Hispana en Decesos, este regalo exclusivo de esta web de agencia, tenemos posiblemente la mejor opción en seguro de decesos en la actualidad en España. Ver en Seguros de Decesos Patria Hispana (Indicar al solicitar presupuesto en observaciones PROMOCIÓN REGALO SEGURO.

A vueltas con la incineración

Continuamos a vueltas con la incineración. A día de hoy prácticamente todas las compañías de Seguros de Decesos incluyen en sus seguros las 2 opciones, inhumación (enterramiento clásico) o incineración, sin que sea necesario especificar al contratar el seguro qué servicio se desea. Es en el momento de la comunicación de que un asegurado ha fallecido, cuando el llamante, que por lógica, será bien un familiar, bien un allegado, deberá indicar qué tipo de servicio se desea. Esta persona suele haber pasado los últimos momentos junto al fallecido y eso le hace conocedor de los últimos deseos reales en estos duros momentos. Después de la incineración, las cenizas se presentan en una urna, y esta urna a día de hoy abril de 2011 aún puede quedársela la familia, para cumplir algún deseo concreto, pero ya existen circulares en las compañías de Seguros que nos advierten que se prepara legislación que prohibirá este uso de las cenizas, siendo obligatoria su inclusión en un columbario, que no es má...

Causas por las que termina un Seguro de Decesos

Vamos a ver las 3 causas por las que termina un seguro de decesos: 1. Falta de pago del Seguro. La compañía avisará del impago y desde el mes posterior a la primera falta de pago podrá anular la póliza de seguro. 2. Deseo del tomador. El tomador del seguro podrá comunicando a la compañía su intención, anular su seguro sin problema alguno. 3. Fallecimiento de asegurado. El asegurado saldrá de la póliza al fallecer y prestarse el servicio, si fuese el tomador y hubiese más asegurados, otro asegurado pasaría a ser tomador de la póliza de seguro de decesos, y si fuese tomador y único asegurado la póliza se extinguiría. ------------- - Lógicamente las -compañías en este tipo de seguro no pueden anular las pólizas, ya que sería un fraude si a todos nos fuesen dando de baja al cumplir, por ejemplo, los 90 años... Retomamos el blog de Seguros de Decesos con este tema, seguiremos informando sobre este tipo de seguro de entierro y sus productos específicos en distintas compañías.