Proyecto de Ley de Servicios Funerarios, cambios a la vista

De momento es sólo un Proyecto de Ley, leemos en El Pais:

Trabas. La nueva ley elimina requisitos “innecesarios” para el acceso de las funerarias a la actividad. No se pedirá un número mínimo de vehículos, de personal o tener salas de velatorio.

Permisos. La autorización de acceso a la actividad —que implica decenas de tasas y trámites para las compañías— se sustituye por una “declaración responsable”, un documento en el que se acuerda cumplir los requisitos exigidos por la ley.

Estatal. Esa declaración autoriza a la empresa a operar en toda España. Eso elimina la exigencia de que el traslado del cadáver lo haga una compañía autorizada en el municipio donde se ha producido el fallecimiento o donde vaya a ser enterrado.

Información. La nueva ley fija que las funerarias deberán entregar a la familia un presupuesto “gratuito y vinculante”. Esto incluye a las aseguradoras, que tendrán que ofrecer a los interesados un catálogo de funerarias para elegir, en lugar de solo aquella con la que trabajen normalmente, como pasa ahora.

Tiempo. Hasta ahora, había que esperar 24 horas desde el fallecimiento hasta el entierro. Este plazo desaparecerá.

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