La doble opción Incineración - inhumación

Muchos asegurados de decesos muestran especial interés en que se refleje en su póliza se seguro de decesos que desean, llegado el momento, se respete su deseo de ser incinerados, pero lo que indique una póliza de seguro, en realidad, no tendrá valor a la hora de que se preste un servicio u otro (inhumación).

Es la familia quien indica a los servicios funerarios el servicio a llevar a cabo, inhumación (enterramiento del cadáver) o incineración, limitándose la compañía, a gestionar y pagar el servicio.

En una póliza de seguro de deceso bien redactada es conveniente que aparezcan las 2 opciones, de esta manera se deja realmente todo solucionado. Hay varios motivos por los cuales es positivo incluir la doble opción en los seguros de decesos, por ejemplo que en una unidad familiar cada uno de sus miembros puede tener unos deseos distintos, o que se puede cambiar de opinión a lo largo de la vida en un tema tan delicado como este.


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